15 may 2013

Conferencia sobre el DNI-e

Entrada nro 30 del blog, poco a poco parece que escribo.
Este post es para dar las gracias por el apoyo moral a las personas que vinieron a la charla-taller sobre el uso del DNI electrónico y de paso colgar la "chuleta" que usé en la misma.

DNI vs. DNI-E

Es más seguro ya que cuenta con muchas medidas de seguridad para evitar su falsificación y los datos son grabados en la tarjeta con láser.
Más resistente porque está fabricado en policarbonato para que no sufra deterioros.
Además con él podemos realizar trámites a través de Internet las 24 horas del día los 365 días del año.

¿QUE ES EL DNI-E?

Es el documento de identificación que acredita de forma física y digital la identidad personal de su titular y permite la firma electrónica de documentos.

Con el DNI electrónico cualquier persona puede realizar múltiples gestiones a través de Internet con las Administraciones Públicas, con las empresas públicas y privadas y con otros ciudadanos, de forma segura, a cualquier hora y sin tener que desplazarse, eliminando barreras para personas con discapacidad y simplificando los Procedimientos administrativos.

El chip contiene la información básica que permite acreditar electrónicamente la identidad de su titular (datos personales, fotografía, firma y huella dactilar digitalizada), junto con los certificados electrónicos y sus claves privadas, además de un certificado de componente propio del DNI electrónico.
El DNI electrónico no contiene ningún dato histórico del titular, como tampoco incorpora dato alguno de carácter sanitario, fiscal, penal, laboral, etc..


CERTIFICADOS ELECTRÓNICOS

La novedad es la incorporación de un pequeño circuito integrado (chip) el cuál contiene la información básica que permite acreditar electrónicamente la identidad de su titular (datos personales, fotografía, firma y huella dactilar digitalizada), junto con dos certificados electrónicos:

- Certificado de Autenticación: Garantiza electrónicamente la identidad del ciudadano al realizar una transacción telemática. Este Certificado asegura que la comunicación electrónica se realiza con la persona que dice que es, con el certificado de identidad y la clave privada asociada al mismo.

- Certificado de Firma: Permite la firma de trámites o documentos, sustituyendo a la firma manuscrita. Por tanto, garantiza la integridad del documento firmado, la procedencia del documento y la autenticidad de origen. Tiene la misma validez que la firma manuscrita

Para garantizar la integridad, privacidad y transparencia de las transacciones realizadas con el DNI electrónico, la Autoridad de Certificación (Ministerio del Interior – Dirección General de la Policía) no tiene acceso alguno a los datos de las transacciones que se realicen con los certificados que emita.
La Dirección General de la Policía es el único organismo autorizado a emitir los certificados digitales para el DNI electrónico.

Por motivos de seguridad, estos certificados tienen una vigencia de 30 meses desde la emisión de los mismos. Tras ese periodo el certificado habrá expirado y deberá renovarse. Es posible renovar los certificados en cualquier fecha desde el inicio de su vigencia por otros 30 meses más.
Un certificado electrónico caducado no supone que el DNI electrónico lo esté, aunque imposibilita que se pueda realizar trámites a través de Internet.
Cualquier usuario puede solicitar la revocación o anulación de sus certificados en caso de pérdida o robo.

¿PARA QUE NOS SIRVE?

El DNI electrónico sirve para acreditar de forma física y digital la identidad personal de su titular y permite la firma electrónica de documentos.

Tanto la firma como la acreditación electrónica tienen validez jurídica equivalente a la que proporcionan la firma manuscrita y la acreditación física.
         Certificado de vida laboral.
         Búsqueda de empleo redtrabaj@.
         Certificados de nacimiento y matrimonio.
         Prestaciones por desempleo.
         Declaración de la Renta: borrador y presentación.
         Pago de tasas.
         Creación de empresas.
         Solicitud de pensión de jubilación.
         Comunicación de cambio de domicilio.
         Consulta de inscripción en el censo electoral.
         Inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual.
         Vacaciones para mayores.


¿QUE NECESITO?

- PIN: En el momento de la expedición del DNI electrónico, se genera un PIN aleatorio compuesto por entre 8 y 16 dígitos de carácter alfanumérico (es decir, compuesto por números y letras), que se entrega al ciudadano en ese momento en un sobre “ciego” (sobre cerrado).
Debido a que el PIN original se genera de forma aleatoria, es aconsejable cambiar el PIN por una clave secreta más sencilla de recordar, sin que sea fácil de deducir por terceros. No olvide una serie de precauciones que dificulten el “robo” de la contraseña.

A través de los “Puntos de Actualización del DNI electrónico (PAD)”, es decir, terminales existentes en las Oficinas de Expedición del DNI electrónico
El Punto de Actualización del DNI electrónico permite realizar diferentes funciones de forma rápida y sencilla:
         Consultar los datos y los certificados almacenados en el chip del DNI electrónico.
         Validar el DNI electrónico y activar el PIN y los certificados.
         Cambiar el PIN.
         Verificar que el DNIe funciona correctamente.
         Renovar los certificados asociados al DNI electrónico.

- Ordenador: Necesitarás también conexión a Internet cuando la utilización de tu DNI electrónico sea para acceder a trámites y servicios online.
Los requisitos que debe cumplir el equipo informático con el que se quiere usar el DNI electrónico son básicos. Cualquier ordenador común puede ser plenamente útil.
El equipo debe disponer al menos de un Microprocesador Intel -a partir de Pentium III- o similar. El DNI electrónico puede operar en diversos entornos, como por ejemplo en la actualidad, Microsoft Windows (Microsoft Windows -2000, XP, Vista y Windows 7-), Linux, Unix, Mac.

- Lector de tarjetas: Existen distintas implementaciones, bien integrados en el teclado, externos (conectados vía USB al ordenador), o bien a través de una interfaz PCMCIA (es decir, tarjetas de memoria para ordenadores portátiles que permiten añadir al ordenador nuevas funciones).

- Software: El software necesario para operar con el DNI electrónico es imprescindible para que el documento funcione correctamente y permita al ciudadano realizar trámites de manera cómoda. El software que permite que el ordenador pueda operar adecuadamente con el lector de tarjetas es el siguiente:

- Controladores (También denominados drivers): Son programas necesarios para que el ordenador consiga reconocer el lector de tarjetas inteligentes y poder intercambiar información.
- Módulos criptográficos: Son “piezas” de software que permiten que el chip de la tarjeta (ya no sólo del DNI electrónico sino de cualquier tarjeta criptográfica) sea reconocido adecuadamente.

 ASISTENTE DE INSTALACIÓN

El asistente de instalación del DNI electrónico es un programa que permite:
• Comprobar el estado de tu ordenador para preparar la instalación o desinstalación del DNI Electrónico
• Ofrece la posibilidad de instalar todos los elementos necesarios para poder utilizar el DNIe
• Desinstalar el DNIe

Puede descargarse gratuitamentea través de la web www.usatudni.es, en concreto, en la dirección https://zonatic.usatudni.es/aplicaciones/asistente-dnie.

LA FIRMA ELECTRÓNICA

La Ley 59/2003, de Firma Electrónica, define la firma electrónica como el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.
Asimismo, define la firma electrónica avanzada como la firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio posterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere, y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control.
Y por último, define la firma electrónica reconocida como la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma. La firma electrónica reconocida es la única que tiene eficacia equivalente a la firma manuscrita.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha puesto a disposición de las PYMES y ciudadanos la aplicación eCoFirma, una aplicación gratuita, que sirve tanto para firmar documentos electrónicamente como para comprobar la firma de documentos firmados de una manera sencilla y rápida. Permite además firmar cualquier tipo de archivo por varios firmantes simultáneos

FUNCIONES

Las principales funciones de la firma electrónica reconocida son:

- Identificación del firmante: la firma electrónica identifica al firmante de forma única igual que su firma manuscrita.
- Integridad del contenido firmado: es posible verificar que los documentos firmados no han sido alterados por terceras partes.
- No repudio del firmante: un documento firmado electrónicamente no puede repudiarse por parte de su firmante.

PROCEDIMIENTO PARA FIRMAR ELECTRÓNICAMENTE UN TRÁMITE

Los pasos a seguir para firmar electrónicamente un trámite son los siguientes:
1.      El usuario (ciudadano/a o empresa) provisto de su DNI electrónico accede por Internet con la entidad (o con otro ciudadano/a) con quien desee realizar un trámite.
2.      El usuario se autentifica / autentica (se reconoce formalmente que él es la persona que dice ser). En este proceso de autenticación con el DNIe se solicita también el PIN. Se establece un canal seguro de comunicación entre ambas partes para la realización del trámite en cuestión.
3.  La entidad (u Organismo Público) muestra un formulario para el trámite determinado. El usuario cumplimenta el formulario, lo acepta y lo envía.
4.      La entidad (u organismo) reconstruye el formulario en formato texto y lo reenvía nuevamente al usuario, para su comprobación. El usuario comprueba que el trámite que está solicitando es exactamente el que pretende (por ejemplo solicitud de subvención). Se pide que el usuario firme electrónicamente dicho documento. El usuario, con su PIN y DNI electrónico (integrado en el lector de tarjetas inteligentes), procede a firmar el trámite. El DNI electrónico firma electrónicamente el formulario y se envía a la entidad (u organismo).
5.      La entidad (u Organismo) comprueba que la firma es correcta y que el Certificado electrónico está activo (es decir, que es válido). La entidad procede a la firma electrónica del trámite.
6.      La entidad (u organismo) envía al usuario un formulario donde consta el acuse de recibo y la firma

2 comentarios :

Powered By Blogger

Marcadores

Seguidores